Las nuevas autoliquidaciones rectificativas de IRPF, IVA y Sociedades ya están aquí, y a partir de ahora serán la vía prioritaria para rectificar cualquier error que se haya cometido al declarar estos impuestos.
Esta novedad genera dudas en los contribuyentes y, en particular, si existe riesgo de ser sancionado en el caso de que la rectificación planteada no guste a Hacienda.
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¿En qué consiste el nuevo procedimiento de rectificación de autoliquidación?
A partir de ahora los contribuyentes ya no podrán iniciar un procedimiento de rectificación de autoliquidación de IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades como se venía haciendo hasta ahora.
Cuando el contribuyente quiera corregir un error a su favor, ya no podrá solicitarlo en un escrito una vez pagada la deuda, sino que tendrá que presentar de forma obligatoria una de estas autoliquidaciones rectificativas.
Y ello supondrá que, o bien acabará solicitando una devolución, que inicialmente no había solicitado (o en un importe superior), o acabará ingresando una deuda tributaria inferior a la que inicialmente resultaba de su autoliquidación.
En definitiva, son cantidades a favor del contribuyente y cuando son a favor de Hacienda, procede hacer una declaración complementaria ingresando la diferencia respecto a la declaración presentada previamente.
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¿Qué es importante acreditar en una declaración rectificativa?
Para el contribuyente que presente una declaración rectificativa es de vital importancia poder acreditar que ha seguido una interpretación razonable de la norma, que es, precisamente, una de las causas eximentes de la responsabilidad según prevé el artículo 179.2.d) de la LGT.
El contribuyente deberá tratar por todos los medios que dicha justificación razonada de la rectificación llegue a conocimiento de Hacienda, aportando un escrito o documentación complementaria a la autoliquidación presentada y si no es posible, presentar dicha justificación razonada por el registro de entrada, relacionándola con la autoliquidación rectificativa presentada y así será más fácil defender la sanción, en caso que suceda.
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