La Declaración de la Renta del ejercicio 2023, una obligación que se debe tener en cuenta desde hoy mismo todos los contribuyentes.
A continuación, te explicamos las principales novedades que debes conocer para preparar la Declaración y a poder ser siempre aconsejamos con el asesoramiento y acompañamiento de profesionales.
Fechas claves para la presentación de la Declaración de la Renta 2023
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: solicitud de cita previa y apertura del plazo para presentar la declaración de la renta vía telefónica.
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: empieza el plazo para presentar la Declaración de la Renta de forma presencial.
- 1 de julio de 2024: finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta por cualquiera de las vías.
Límite para estar obligado a presentar la Declaración de la Renta
El límite para este año en la obligación de declarar cuando son dos o más pagadores el límite excluyente en el caso de percibir rentas del trabajo a 15.000 euros, (anteriormente era de 14.000 euros).
En caso de un pagador los rendimientos del trabajo son 22.000€.
Presentación de la Declaración de la Renta para autónomos
Para este ejercicio destacar que están obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos.
Como también es obligación de declarar, para todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del periodo impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el RETA o Régimen especial de Trabajadores del Mar, anteriormente solo debían declarar si obtenían un rendimiento superior a 1.000 euros.
Presentación de la Declaración de la Renta para aquellos con el método de estimación directa simplificada
Reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada, el porcentaje de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación será del 7% y máximo 2.000 euros.
Presentación de la Declaración de la Renta con nuevos tipos de gravamen en la escala de ahorro
Se regulan nuevos tipos de gravamen en la escala de ahorro, se modifica la escala que se aplica a la base liquidable del ahorro para determinar la cuota íntegra, añadiendo una nueva escala con un tipo aplicable del 27% si supera los 200.000 euros y con tipo del 28% para la base liquidable superior a los 300.000 euros.
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Asignaciones para gastos de locomoción
Se eleva de 0,19 euros a 0,26 euros por kilómetro recorrido la cantidad exceptuada de gravamen para compensar los gastos de locomoción.
Deducción por donativos
- Se modifica la deducción por donativos incrementando el porcentaje del 35% actual al 40%.
- Se amplía la cuantía del primer tramo de base a la deducción a la que se aplica un porcentaje del 80% de 150 a 250 euros.
Base de deducción importe hasta |
Porcentaje de deducción |
250 euros | 80 |
Resto de base deducción |
40 |
- Se reduce de 4 a 3 años de recurrencia, el número de ejercicios para disfrutar del incremento de 5 puntos porcentuales, porcentaje que queda incrementado al 45%.
Reducción por arrendamiento de vivienda
Se aplica una nueva reducción por arrendamiento de vivienda para los contratos celebrados desde 1/1/2024.
Se modifica la actual reducción del 60%, estableciéndose los siguientes límites:
- 90% cuando se haya formalizado un nuevo contrato arrendamiento sobre vivienda en mercado tensionado, con una reducción de renta de al menos 5% sobre el contrato anterior.
- 70%, no cumpliéndose los requisitos del punto anterior, incorporación al mercado de viviendas en zonas tensionadas destinadas al alquiler a jóvenes entre 18 y 35 años.
- 60%, no cumpliéndose los requisitos del punto primero, las viviendas hayan sido objeto de rehabilitación en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato.
- 50% en los casos restantes.
Deducción para promover la adquisición de vehículos eléctricos
Creación de dos nuevas deducciones para promover la adquisición por particulares de vehículos eléctricos no afectos a actividad económica e instalación de infraestructuras de recarga.
¿Tienes alguna duda sobre tu Declaración de la Renta ?
Recuerda que lo más recomendable es confiar en el asesoramiento de un asesor fiscal, como disponemos en Lladó Grup Consultor, para la presentación de tus obligaciones tributarias, como es la Declaración de la Renta.