Los empresarios individuales que facturen menos de diez millones de euros al año pueden disfrutar los mismos incentivos de las Sociedades Limitadas (S.L) o de las Sociedades Anónimas (S.A) que son pymes.
Libertad de amortización
Si es un empresario en estimación directa simplificada o normal del IRPF y factura menos de 10.000.000 de euros anuales, al hacer la declaración de Renta de las Personas Físicas (IRPF), podrá aplicar la libertad de amortización según el Impuesto de Sociedades (I.S) para las empresas de reducida dimensión.
Como por ejemplo, si en el año anterior a la declaración adquirió un activo nuevo, podrá aplicar la libertad de amortización hasta 120.000 euros si aumenta su plantilla media por cada trabajador entre 2023 y 2024 (respecto de la plantilla media que tenía en 2022).
En resumen, compra de activos fijos nuevos y crecimiento de plantilla, son los requisitos.
Amortización acelerada
Podrá amortizar sus ACTIVOS NUEVOS según el porcentaje que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente máximo de tablas.
Los activos adquiridos en LEASING, podrá amortizar el menor de entre el principal del préstamo devuelto y el resultado de multiplicar por tres el coeficiente máximo de amortización.
Si tributan en estimación directa simplificada (cifra de negocios inferior a 600.000 euros al año) existe una tabla de amortización simplificada aplicable en dicho régimen.
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Deterioro
Aunque en 2023 no haya sufrido ningún impago de sus clientes, podrá deducirse como deterioro un 1% de su saldo de clientes a 31 de diciembre, lo mismo que una S.A o S.L.
Los empresarios personas físicas pueden aplicar, además, una deducción del 5% por adquisición de activos fijos nuevos. Este incentivo no pueden aplicarlo las S.A o S.L.
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