Recibir un requerimiento de Hacienda no suele gustar recibir a nadie y menos cuando son cartas que remite Hacienda y suelen estar llenas de tecnicismos y términos que desconocemos, y en muchas ocasiones, podemos llevarnos una impresión que no corresponde a la realidad.
Recibir un requerimiento de Hacienda no siempre tiene que ser una sanción sino también puede ser una comprobación rutinaria o quizá algún error cometido en tus declaraciones. Es por eso, importante conocer qué debemos hacer y cuáles son los pasos a seguir al recibir un requerimiento de Hacienda.
¿Qué es un requerimiento de Hacienda?
Un requerimiento de Hacienda es una notificación que envía la Agencia Tributaria a cualquier contribuyente o empresa. Y normalmente, lo suele mandar porque ha visto alguna irregularidad o incidencia fiscal y suele solicitar documentos al contribuyente o a la empresa.
¿Cómo envía Hacienda los requerimientos?
La Agencia Tributaria (Hacienda) utiliza principalmente dos vías para enviar requerimientos:
- Correo postal certificado: Esta es la forma más común, especialmente para particulares. El cartero intentará entregar la notificación en la dirección fiscal del contribuyente. Si no se encuentra a nadie, se dejará un aviso para recoger la carta en la oficina de Correos.
- Notificación electrónica: Para empresas, autónomos y otros obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, los requerimientos se envían a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es importante revisar periódicamente el buzón electrónico para no perder ninguna notificación, o para más seguridad confiar esta gestión en tu asesor fiscal de tu empresa.

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Tipos de requerimientos
Es importante tener en cuenta que recibir un requerimiento de Hacienda, no implica necesariamente una sanción. Puede tratarse de una solicitud de información o documentación adicional. Existen diferentes tipos de requerimientos como pueden ser:
- Carta informativa. Solo se trata de una carta que te envía la Agencia Tributaria a modo de información. No es necesario que respondas pero sí verificar que la has recibido, porque todas sus cartas están certificadas. Hacienda es como tu padre o madre, y necesita saber que has recibido bien su mensaje.
- Requerimiento. Si Hacienda detecta que la información fiscal que tienen sobre ti no encaja con la que tú le has proporcionado, te enviará este tipo notificación.
- Propuesta de liquidación. Si hay que modificar alguna información que Hacienda considera errónea.
- Resolución del procedimiento. La conclusión final sobre los procedimientos que han estado abiertos con Hacienda.
- Providencia de apremio. Cuando el Estado informa que se debe pagar lo que se debe, estableciendo unas fechas en las que se te cobrará la deuda. Es importante responder de forma rápida para intentar recurrir o aplazarlo. Por ejemplo, Hacienda te dice que tienes un plazo para pagar mis 1.000€ de deuda con un 10% de recargo.
- Diligencia de embargo: similar a la anterior, pero Hacienda en ella ya te informa del cobro de la deuda directamente. Por ejemplo, si Hacienda te señala que te acaba de quitar 1.100€ del banco para saldar la deuda impagada.
- Inicio de investigación de inspección. Cuando te solicitan documentos para una inspección de Hacienda.
- Expediente sancionador. La confirmación oficial de que has cometido alguna infracción fiscal.
¿Tienes dudas sobre la gestión de un requerimiento de Hacienda?
¿Qué debo hacer si recibo un requerimiento de Hacienda?
- Es importante cuando llega un requerimiento de Hacienda no se debe ignorar la notificación, porque puede tener consecuencias negativas, como sanciones o recargos. La clave está en poder reaccionar con tiempo y posponer su recibimiento lo único que hará será perjudicarte.
- Leer con atención el requerimiento para saber el tipo de requerimiento e informar a tu asesor fiscal de confianza para que te ayude a comprender la notificación y asesorarte en los siguientes pasos a realizar.
- Y por último, contestar con el asesoramiento fiscal correspondiente responder el requerimiento, para cumplir con la obligación de responder a Hacienda referente a dicha notificación.
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