Hacienda continúa con el objetivo de aumentar el control fiscal, y la Agencia Tributaria tendrá a partir del 1 de enero de 2026, acceso total a las transferencias de dinero que realicen empresas y profesionales que envíen o reciban a través de Bizum, independientemente de su importe.
Tal y como recoge el Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se elimina el límite por el cual las entidades bancarias deben informar sobre las operaciones realizadas por sus clientes mediante el sistema de pago Bizum, tanto para particulares como para empresarios y profesionales a partir del 1 de enero de 2026.
¿Existe un mínimo de importe para que los bancos informen a Hacienda?
Hasta ahora, los bancos sólo estaban obligados a informar a Hacienda de las operaciones que superaban los 10.000 euros (o 3.000 euros para cobros con tarjeta).
A partir de 2026, este límite se elimina para los pagos por Bizum de empresas y autónomos, lo que significa que todas sus transacciones serán informadas por parte de las entidades bancarias a la Agencia Tributaria.
Obligaciones de las entidades bancarias sobre los importes Bizum
Las entidades bancarias deberán enviar informes mensuales detallados a la Agencia Tributaria con la información de las operaciones realizadas por empresas y profesionales a través de Bizum. Estos informes incluirán:
- Identificación del autónomo o empresa que recibe los pagos (NIF y razón social).
- Número de comercio asociado al sistema de cobro (ID de Bizum).
- Terminales de venta utilizados.
- Importe mensual de las operaciones, diferenciado por método de pago.
- Cuentas bancarias receptoras de los pagos (IBAN o equivalente).

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¿A quién afecta el control de Hacienda de las operaciones Bizum?
Afecta a empresas y autónomos. Aunque la normativa no afecta directamente a los Bizums entre particulares para pagos cotidianos (como dividir una cena), si se utiliza Bizum para cobrar por servicios profesionales o actividades económicas, todos esos ingresos deberán ser declarados y acompañarse del correspondiente IVA e IRPF.
Sanciones por operaciones de Bizum no permitidas por Hacienda
El incumplimiento de la normativa tributaria sobre las operaciones vía Bizum, puede acarrear sanciones que varían desde multas leves hasta graves, e incluso penas de cárcel en casos de fraude fiscal muy grave.
¿Tienes dudas sobre las operaciones Bizum?
Cómo puede ayudarte el equipo de Lladó Grup Consultor
A partir de 2026, Bizum pasará a ser un método de pago supervisado por la Agencia Tributaria como el resto de métodos de pago tradicionales. Desde Lladó Grup Consultor te ofrecemos un equipo de profesionales que pueden resolver cualquier duda delante de estas novedades de obligaciones tributarias para empresas y profesionales.