El principal objetivo en disolver una Sociedad Limitada que haya decidido cesar su actividad, es poder llevar a cabo a través de un proceso de disolución y así no tener que seguir presentando el Impuesto de Sociedades.
Es muy importante saber que una empresa, a pesar de haber cesado su actividad, debe seguir presentando y, en su caso, pagando sus impuestos. Independientemente de que ya no se tenga trabajadores o ingresos, por lo que es importante llevar a cabo un proceso de disolución de Sociedad Limitada.
Posibles causas que provocan la disolución de una Sociedad Limitada
Nos interesa destacar dos motivos que provocan la disolución de una Sociedad Limitada:
- Por pérdidas: que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. En este caso existe la obligación de disolver salvo que se aumente o reduzca el capital social en la medida suficiente. Hay que disolver la sociedad. Y no existe otra opción, ya que para poder declararla inactiva debes estar al día en todos los pagos.
- Por cese de actividad: cuando los socios, por el motivo que sea, deciden cerrar la sociedad. Solo sería evitable en el supuesto que uno de los socios, o uno nuevo, comprara la mayoría de acciones y decidiera seguir operando con ella. En este caso se puede declarar inactiva y reiniciar la actividad más adelante.
El proceso de disolución de una sociedad limitada es el mismo para cualquiera de los dos casos. Para cerrar una empresa debes llevar a cabo los siguientes pasos:
Disolver la Sociedad Limitada
Para empezar, el administrador debe convocar una junta para aprobar el acuerdo de disolución y apertura de la liquidación nombrando a un liquidador y hacerlo público. Para que sea público hay que inscribirlo en el registro y sumar a su denominación social “en liquidación”. Este nombre se mantendrá hasta el último día.
Liquidar la Sociedad Limitada
Una vez el proceso de liquidación de la sociedad ya está abierto, el liquidador puede ser quién antes ejercía de administrador. Debe cesar de su cargo anterior para ser considerado válido.
El liquidador deberá practicar las siguientes operaciones:
- Inventario y balance: el liquidador deberá realizar el inventario y el balance a día en que comenzó la liquidación. No puede alterar ningún dato y debe reflejar la situación real de la empresa.
- Operaciones: debe terminar con las operaciones en curso y las anteriores para terminar con su actividad. Esto se hace para que la empresa se quede inoperativa.
- Deudas: abonar las deudas de la sociedad con bancos, socios y demás acreedores. En caso de no poder hacer frente a todas las deudas deberá declararse una suspensión de pagos y empezar un proceso distinto.
- Bienes: antes de informar a los socios se debe enajenar los bienes que queden en la sociedad.
- Socios y acreedores: es básico informar del estado en el que se encuentra el proceso de liquidación para que puedan seguir su evolución y asegurarse que todo se esté haciendo bajo la legalidad.
- Balance final: elaborar un balance final y acordar con los socios una división de los remanentes de la empresa, en el caso de que los hubiera.
Para que sea efectiva, es obligatorio presentar las cuentas anuales tras la liquidación y estar al corriente de pago de los impuestos, tanto el de sociedades como el de transmisión patrimonial y actos jurídicos documentados (1%).
En definitiva, los trabajos de liquidación consisten en convertir en líquido todos los activos para poder afrontar el pago de todas las deudas. De no conseguirse pagar todas las deudas o bien los socios hacen aportación del importe diferencial o, en su defecto, la empresa no podrá ser liquidada por este procedimiento extrajudicial, sino que habrá que acudir a un concurso de acreedores, que implica la liquidación judicial.
Extinguir la Sociedad Limitada.
Es el último paso y el que completa la liquidación de la sociedad limitada. Hay que inscribir en el registro la escritura pública de extinción de la sociedad, incluyendo en ella la siguiente información:
- Balance final de liquidación
- Listado que identifique a todos los socios
- Valor de las cuotas de los socios
- La junta general final donde se aprobó la liquidación y la repartición
- El plazo para impugnar el acuerdo de liquidación
- Comprobante de pago de los acreedores o consigna de pago.
- Comprobante de que los socios han recibido su liquidación o consigna de pago.
Una vez realizados todos los tramites, se envía una copia a Hacienda y ya no se podrá elaborar documentos ni ejercer ninguna actividad.
6 meses después hay que presentar, por última vez, la declaración de impuesto de sociedades y así se dará por acabado el proceso de disolución de tu sociedad limitada.
Si tu empresa se halla en alguno de los supuestos anteriores, no olvides disponer de toda la información necesaria y un acompañamiento de expertos en el proceso de la disolución de la sociedad limitada.
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