La Agencia Tributaria exigirá, a partir de 2026, que todas las empresas y profesionales adapten sus sistemas informáticos de facturación (SIF) a la nueva normativa de lucha contra el fraude fiscal, de manera que cada factura emitida genere un registro que no pueda ser modificado ni eliminado.
¿Por qué se modifican los sistemas informáticos de facturación (SIF)?
Para adaptarlos a la Ley de lucha contra el fraude fiscal, cuyo objetivo es que una vez emitida una factura, ya no sea posible ni borrarla ni cambiar su contenido y se tendrá que hacer otra nueva factura rectificativa, que anule la anterior, o la modifique, pero una vez realizada una factura, el sistema impedirá hacer cambios en la misma, como su numeración correlativa que los programas no permitirán modificarla durante el año.
¿Qué deben incorporar los sistemas informáticos de facturación (SIF)?
De acuerdo a la nueva normativa, los sistemas informáticos de facturación (SIF) tienen que incorporar medidas de seguridad y control para que, al emitir cada factura, se cree un registro (con el contenido de la propia factura y datos informáticos) que quede guardado sin posibilidad de modificación y un código “QR” para facilitar su lectura.
¿A quién afecta la obligación de incorporar sistemas informáticos de facturación?
Esta normativa afecta a toda empresa o profesional que utilicen sistemas informáticos de facturación (un software que admite la entrada de información, expida facturas, las conserva y las procesa), con lo que quedarían exentos quienes:
- No emitan facturas o aquellos que las emitan en papel sin utilizar sistemas informáticos (un Excel se puede considerar un SIF, pero no cumple con la normativa, por lo tanto, no es útil).
- Tampoco se aplica a las empresas adscritas al Suministro Inmediato de Información (SII), que ya remiten información de los registros de facturas emitidas y recibidas.
- No afecta a los residentes en País Vasco y Navarra (que tienen sus propios sistemas).

Subscríbete a nuestra newsletter
¿Cuándo entra en vigor la obligación de los sistemas informáticos de facturación?
Para las empresas que presentan el Impuesto de Sociedades el 1/1/2026.
Para el resto, como son los empresarios personas físicas y profesionales el 1/07/2026.
¿El registro de facturación es el mismo que la factura electrónica?
NO, porque se trata de dos cuestiones completamente distintas, con diferentes plazos y objetivos.
La factura electrónica nace con la Ley Crea y Crece, con el objetivo entre otros, de combatir la morosidad y su entrada en vigor está prevista para 2027 o 2028 y primero afecta a las empresas que facturen más de 8 millones de euros y al año siguiente al resto de empresas y profesionales.
Si tiene programa de facturación y paga cuota de mantenimiento, lo normal es que esté adaptado a la normativa cuyo plazo finalizó el 29 de julio 2025 para todos los fabricantes de programas.
¿Tienes dudas sobre cómo adaptar los Sistemas de facturación adaptados?
Cómo puede ayudarte el equipo fiscal y contable de Lladó Grup Consultor
Si tiene que adquirir programa de facturación adaptado, Lladó Grupo Consultor puede facilitarle asesoramiento y soluciones, como una licencia de uso de nuestro programa a un coste muy reducido. No deje pasar tiempo, porque en 2026 es cerca y hay que conocer las particularidades de estos programas adaptados a la nueva normativa.