En relación con el artículo publicado en “Expansion.com”, en el que se vierten declaraciones realizadas por la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP) alusivas a “la inacción de los poderes públicos ante la existencia de empresas que aprovechan los fondos de la Fundación Tripartita para ofrecer servicios gratuitos” y a “la inacción de la Fundación Tripartita las empresas LOPD Coste u ofrecen servicios gratuitos de sospechosa calidad”, la Fundación Tripartita hace las siguientes aclaraciones: La Fundación Tripartita da a conocer a sus usuarios, de manera sistemática a través de sus canales de comunicación, la existencia de entidades que ofrecen servicios gratuitos de implantación, auditoría y asesoría en materia de protección de datos de carácter personal y que estos servicios no pueden ser considerados formación, ni por tanto, objeto de bonificación.
La Fundación Tripartita, aunque carece de competencias para la instrucción de procedimientos en orden a combatir estas malas prácticas, da traslado puntualmente a las autoridades competentes y, en su caso, a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, de cuantas denuncias recibe sobre casos de fraude o malas prácticas y de cuántos hechos indiciariamente punibles ha conocido en su trabajo de colaboración con la Administración del Estado en la gestión, seguimiento y control de las ayudas que financian las iniciativas de formación para el empleo. En concreto, hace ya cinco años, la Fundación Tripartita inició un proceso de comprobación de esta práctica (utilización de bonificaciones para asesoría en LOPD) trasladando la información sobre los casos detectados, así como las denuncias presentadas por los propios usuarios, al órgano competente en materia de seguimiento y control de los fondos públicos de formación para el empleo. En algún caso, se ha llegado incluso a advertir de manera pública sobre informaciones que anticipaban presumiblemente una mala praxis en el futuro (ver nota informativa al pie *). El compromiso de la Fundación Tripartita con la promoción de las buenas prácticas en materia de formación está sobradamente acreditado, y en especial nuestra disconformidad con la oferta de estos servicios pretendidamente bonificables. La Fundación Tripartita ha actuado en esta materia siempre en el ámbito de sus competencias, con los medios a su disposición y en el marco del ordenamiento jurídico. Por ello, consideramos totalmente injustas e inaceptables estas manifestaciones.
(*) Nota Informativa del 14 de Junio de 2012
A la vista de las numerosas consultas que ha suscitado la noticia publicada en diversos medios el pasado 11/06/2012 en relación con la firma del convenio suscrito entre la FEMP-CLM y Conversia Consulting Group sobre la implantación de la Ley de Protección de Datos y en el que se cita a la Fundación Tripartita como posible financiadora, la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo cree conveniente informar que no ha sido consultada en ningún momento en relación a la firma del convenio al que se hace referencia en la noticia. La Fundación desconoce el convenio suscrito entre ambas entidades y por tanto, no puede valorar el contenido del mismo. Por otra parte, se desea recordar que las entidades incluidas en el ámbito de la Administración Pública (Ayuntamientos, Diputaciones, Mancomunidades, etc.), así como los trabajadores del ámbito de la administración, están excluidos de la formación de demanda tal y como regula la Orden Ministerial 2307/2007 (arts. 4 y 6).
La formación de las empresas se financia a través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social ingresadas por las empresas participando las mismas en la financiación de los costes de formación, salvo las empresas de menos de 10 trabajadores, en la cuantía exigida en el artículo 11 de la citada normativa. Por su parte, el Real Decreto 395/2007 y la Orden Ministerial 2307/2007 establecen que el crédito anual del que disponen las empresas está destinado exclusivamente a la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores. Las empresas que se bonifiquen por la contratación de servicios de consultoría (LOPD, LPR, etc.) deberán devolver los importes correspondientes y atenerse a las actuaciones pertinentes del Servicio Público de Empleo Estatal y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Recordamos asimismo que la Fundación Tripartita inició hace ya dos años un proceso de comprobación tras detectar entidades que ofrecen servicios gratuitos de consultoría con cargo al crédito asignado a las empresas para la formación de sus trabajadores.
Las actuaciones realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal han dado lugar a la imposición de sanciones. La Fundación Tripartita agradece a todos los usuarios que han informado sobre estas prácticas.
servicioalcliente@fundaciontripartita.org